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Publicada hoy en el DOE

Plena inclusión Extremadura valora la nueva Orden que regula los perros de asistencia a personas

DISTINTIVO IDENTIFICATIVO DE PERRO DE ASISTENCIA EN EXTREMADURA

  • Plena inclusión Extremadura destaca la importancia de esta Orden de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales que, por primera vez en Extremadura, clasifica los diferentes tipos de perros de asistencia, determina los derechos de las personas usuarias y regula dónde tendrán acceso en lugares públicos y privados.
  • Esta orden surge al amparo de la Ley de Accesibilidad Universal de Extremadura y del Decreto de Accesibilidad Universal que incluía por primera vez en Extremadura referencia a la Accesibilidad Cognitiva, las personas con dificultades de comprensión y personas con discapacidad intelectual o del desarrollo.
  • La Orden publicada hoy en el DOE también hace referencia a los perros que prestan apoyo a personas con discapacidad psíquica, física y sensorial.

 

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Mérida, 1/08/2019.- El presidente de Plena inclusión Extremadura, Pedro Calderón, ha valorado la relevancia de la nueva orden que aborda la realidad de la importante y decisiva labor que realizan esos perros.

Calderón ha destacado que la orden no está circunscrita al apoyo de personas con déficit visual, sino también a otro tipo de discapacidad psíquica, física o sensorial. “Estos perros de asistencia son también un medio muy eficaz para la vida diaria de personas con discapacidad intelectual, como es el caso de personas con trastorno del espectro autista”.

Calderón considera que esta orden viene a ratificar la sensibilidad y el compromiso del Ejecutivo extremeño con respecto a la accesibilidad cognitiva. El presidente de Plena inclusión Extremadura ha recordado que ahora se cumple un año de la publicación del Reglamento de Accesibilidad Universal de Extremadura, que supuso un hito importante para el colectivo de la discapacidad intelectual y del desarrollo en Extremadura.

CARACTERÍSTICAS DE LA NUEVA ORDEN

La orden que hoy publica el DOE hace una clasificación de cinco tipos de perros de asistencia: en perro guía para personas con discapacidad visual, perro de señalización de sonidos, para personas con discapacidad auditiva, perro de servicio para personas con discapacidad física, perros de aviso o alerta médica para personas con enfermedades como diabetes o epilepsia y perros para personas con trastorno del espectro autista.

El texto legal especifica los derechos de las personas usuarias de este tipo de perros, para acceder a lugares públicos y privados de uso colectivo, además de la permanencia en espacios y transportes.

La orden también contempla que la persona usuaria de perro de asistencia no podrá ser discriminada en los procesos de selección laboral ni en el cumplimiento de su tarea; y que en su lugar de trabajo tendrá derecho a mantener al perro de asistencia a su lado y en todo momento. También se especifica las limitaciones donde el animal no tendrá acceso, como áreas restringidas de zonas hospitalarias.

La entrada en vigor de esta orden será mañana 2 de agosto de 2019.

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