TERMINOLOGÍA

Plena inclusión aboga por seguir usando “discapacidad intelectual” como término de referencia complementario al de la nueva clasificación de la OMS

 

  • El pasado 18 de junio la Organización Mundial de la Salud hizo pública su actualización de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11), que marca el criterio diagnóstico en todo el mundo. Esta Clasificación identifica la concepción médica de la discapacidad intelectual como “trastorno del desarrollo intelectual”.
  • En coherencia con la OMS, Plena inclusión considera que –junto a este diagnóstico–, se debe mantener la concepción social de la discapacidad intelectual, como una circunstancia que –originada por estos factores biológicos–, se ve modulada en su funcionamiento por otros factores del entorno como la intensidad de los apoyos, las oportunidades que le ofrece el entorno, el acceso a la información y la comunicación, etc. Por lo tanto, la existencia de esta etiqueta médica no merma ni impide seguir utilizando internacionalmente el concepto de discapacidad intelectual.

 

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Mérida 3/07/2018.- La OMS acaba de hacer pública su nueva revisión de la Clasificación Internacional de Enfermedades ICD-11 (CIE-11 en sus siglas en español). Esta herramienta marca los criterios comunes de diagnóstico clínico de enfermedades en todo el mundo. Según la nota publicada por la propia Organización Mundial de la Salud, la CIE-11 será presentada en la Asamblea Mundial de la Salud en mayo de 2019 para su adopción por los Estados Miembro, con el fin de su entrada en vigor en enero de 2022. A partir de ahí, marcará el criterio unívoco de diagnóstico clínico en todo el mundo.

Dentro del capítulo de “Trastornos del Neurodesarrollo“ esta Clasificación identifica la discapacidad intelectual como “trastornos del desarrollo intelectual”. Como resulta lógico en una clasificación de este tipo, se centra esencialmente en factores de déficit de tipo biológico, describiéndolas como “un grupo de condiciones etiológicamente diversas originadas durante el período de desarrollo, que se caracterizan por un funcionamiento intelectual significativamente inferior al promedio y un comportamiento adaptativo con dos o más desviaciones estándar por debajo de la media (aproximadamente menos que el percentil 2.3)…”

Como entidad de referencia en el ámbito de la discapacidad intelectual o del desarrollo, Plena inclusión plantea que –en coherencia con la propia OMS-, la existencia de este concepto diagnóstico no invalida el uso del concepto de “discapacidad intelectual”, que desde una perspectiva más sociológica, se refiere no sólo a su posible origen biológico, sino al funcionamiento de la persona, en el que tiene que ver este déficit biológico, pero también otros muchos factores de su entorno, como sus condiciones de vida y la intensidad de los apoyos a lo largo de la misma, las oportunidades de desarrollo y de inclusión que le ofrece su entorno, el acceso a la información y la comunicación, etc.

Nota de prensa de la OMS: http://www.who.int/es/news-room/detail/17-06-2018-who-releases-new-international-classification-of-diseases-(icd-11)

Acceso a la Clasificacción CIE-11 (inglés): https://icd.who.int/browse11/l-m/en#/http%3a%2f%2fid.who.int%2ficd%2fentity%2f605267007

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